Español: Alberto Salomón Osorio, diplomático y canciller peruano.
Fuente
Fototeca de la BNP - Lima
Autor
Desconocido - principios del siglo XX
Licencia
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Este archivo está en el dominio público en los Estados Unidos. Esto se aplica a los trabajos de Estados Unidos donde los derechos de autor han expirado, a menudo porque su primera publicación ocurrió antes del 1 de enero de 1929. Véase esta página para explicación adicional.
Esta imagen puede estar protegida fuera de los Estados Unidos —especialmente en Canadá, China (excepto Hong-Kong, Macao, o el área de Taiwán), Alemania o Suiza—. El creador y el año de publicación son información esencial y deben ser proporcionados. Véase Wikipedia:Derechos de autor para más detalles.
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Acorde a la ley 13714 (1961), bajo la administración del gobierno de Manuel Prado, y el artículo 4.3 de la Convención Universal sobre Derecho de Autor esta fotografía entró en el dominio público en Perú antes de 1996 porque fue tomada y presentada del negativo a papel o similar antes del 31 de diciembre de 1975 y se protegió por 20 años después de la primera divulgación de su ejemplar a partir del 1 de enero del año siguiente.
En el caso que la copia se divulgue inicialmente desde 1976 por otra persona o empresa, el D.L. 822 (1996) establece que las tomas realizadas antes del 31 de diciembre de 1953 entran automáticamente el dominio público, 70 años después de su creación a partir del 1 de enero del año siguiente. Para mayor información consulta la página sobre los derechos de autor en Perú.
Se entiende que es fotografía simple cuando el autor no lo incluyó en exclusiva para su obra literaria o científica. No aplica al reproducir una obra artística "de dominio privado" o de meramente documental. En caso que sea cedida por una editorial, incluso periodística, los derechos exclusivos de circulación por esta son por 5 años sin extender la duración. Es necesario indicar el nombre del autor o titular de la foto y la fecha de publicación. Advertencia: El D.L. 822 señala que algunas obras "gozan de los plazos de protección más extensos reconocidos en ésta Ley" pero este deniega la retroactividad hacia trabajos expirados. Es necesario incluir una plantilla que explique por qué está en el dominio público en los Estados Unidos.[822/1996 Disposiciones Transitorias 1 y Art. 144]
Excepciones: A pesar que aquellas publicadas inicialmente entre 1976 y 1996 reciben protecciones variadas, podrían no aplicarse en este año y la fecha LARU de 1996 en el caso de que: su dueño nunca se conoció o no llevó la etiqueta de "prohibida su reproducción" para materiales publicados antes de 1981 (use {{PD-Peru-anonymous}} si lo requiere), material inédito creado antes de 1926 o material de un autor fallecido antes de 1931 (use {{PD-Peru-1961law}} si lo requiere).